En la jornada nocturna quedó publicado el Decreto provincial que comenzará a regir desde este martes, donde se flexibiliza sectores comerciales como gimnasios, deportes individuales, malls, shopping centers. Ademá, en el decreto aclara quienes son las personas que no pueden gozar de las distintas actividades flexibilizadas en la provincia.
Para las actividades autorizadas deberán cumplir con distintas normativas, que son distanciamiento social, higiene de manos, higiene de la tos (toser o estornudar en el pliegue del codo) y Uso adecuado de tapabocas (debe cubrir nariz, boca y mentón).
Desde el Gobierno aclararon que todas las actividades permitidas deberán procurarse evitar las esperas y las filas de público, aun cuando las mismas se desarrollen al aire libre (canchas o espacios abiertos). Aun así, si se diera el caso en que las actividades requieran algún tipo de espera, deberán cumplir con las pautas establecidas.
Las personas que no podrán realizar actividades como deportes individuales, gimnasios son aquellas que tengan dificultad respiratoria, fiebre, tos seca, mialgias (dolor muscular), disnea (ahogo o dificultad en la respiración), odinofagia (dolor de garganta), rinorrea (secreción acuosa o mucosa de los orificios nasales), diarrea.
También, el decreto aclara que las personas que hayan viajado fuera de la Provincia (territorio nacional o al exterior) o que hayan estado en contacto con un caso sospechoso o confirmado de COVID-19 en los últimos veintiún (21) días, no deben realizar ninguna de estas actividades y ante cualquier duda deben consultar por los medios habilitados (0 800 800 26243 – 148).
En otro sentido, el decreto brindó una recomendación para los desplazamientos desde y hacia los lugares, en viajes cortos, se recomienda caminar o utilizar bicicleta para permitir liberar espacio en el transporte público y así permitir que quienes no tengan otra alternativa de traslado puedan utilizar el sistema público de transporte.







