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El próximo feriado nacional será el martes 9 de julio. De acuerdo con el calendario oficial, es de carácter inamovible. De allí surge la duda acerca del lunes 8 como «feriado puente». La respuesta, para la desilusión mayoritaria, es negativa.

El lunes 8 será un día no laborable con fines turísticos. Quiere decir que los empleados podrán tener el día libre o no de acuerdo con la consideración de cada empresa.

Si la necesidad del empleador determina que sea un día laborable, los trabajadores que presten servicio recibirán el jornal de un día común como cualquier otro, como sucedió con el Jueves Santo.

La diferencia entre un feriado y un día no laborable lo aclara la Ley de Contratos de Trabajo: «En los días feriados nacionales rigen las mismas normas legales que sobre el descanso dominical», por lo que «en caso de ser trabajado se recompensará con un 100 por ciento más la remuneración habitual». Mientras, en los días no laborables «el trabajo será optativo para el empleador», salvo en la administración pública nacional, provincial y municipal.

Es decir que en el ámbito privado el día “no laborable” queda supeditado a la voluntad del empleador. En este caso, el feriado del 8 de julio no será fin de semana largo.