La Cámara Nacional Electoral ratificó una sentencia de 2018 en la que había subrayado que «la actualización de la base de representación de la Cámara de Diputados de la Nación después de cada censo, no es una medida opcional para el legislador, sino que resulta un mandato concreto de hacer». En ese sentido, el máximo tribunal electoral exhortó al Congreso a que actualice el número de diputados de acuerdo a la población de cada provincia. «Después de la realización de cada censo, el Congreso fijará la representación con arreglo al mismo, pudiendo aumentar pero no disminuir la base expresada para cada diputado», añade el texto de la Constitución Argentina.
El tribunal integrado por Alberto Dalla Vía y Santiago Corcuera resolvió reiterarle al Congreso que «en el ejercicio de sus atribuciones, extreme los recaudos para ejecutar el mandato que establece el artículo 45 de la Constitución».
El citado artículo de la Carta Magna señala que «el número de representantes (de la Cámara de Diputados) será de uno por cada treinta y tres mil habitantes o fracción que no baje de dieciséis mil quinientos».









