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La noticia salió en horas de la mañana del martes.

Desde la institución lo dieron a conocer tras la Disposición 8604/2020, estableciendo la prohibición del “uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional del producto rotulado como Etalcohol. Alcohol etílico 96% vol. Elaborado y fraccionado por Argencol S.A., por carecer de registro y ser en consecuencia ilegal.

Además, según lo detallado, el producto rotulado como Etalcohol. Alcohol etílico 96% vol. Uso medicinal. Ind. Argentina. 500 ml. R.N.P.A. N° 04033369. R.N.E. Nº 04033300. Elaborado y fraccionado por Argencol S.A fue prohibido para su comercialización en Argentina, en el rótulo del envase del producto no surgen datos de inscripción en el Instituto Nacional de Vitivinicultura.

Por último, desde la ANMAT determinaron que “se trata de un producto respecto del cual se desconoce el efectivo origen, condiciones de elaboración y contenido el mismo resulta peligroso para la salud de los pacientes a los que se administre, no pudiendo garantizarse su calidad, seguridad y eficacia. Las constancias documentales agregadas que forman parte del presente expediente permiten corroborar los hechos motivo de la presente, a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios se recomendó: 1. Prohibir de uso, comercialización y distribución en todo el territorio Nacional del producto rotulado como: Etalcohol. Alcohol etílico 96% vol. Uso medicinal. Ind. Argentina. 500 ml. R.N.P.A. N° 04033369. R.N.E. Nº 04033300. Elaborado y fraccionado por Argencol S.A. 2. Informar al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires”.