En la jornada de este lunes, en la publicación del Boletín Oficial, trascendió la medida tomada por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibiendo la comercialización de un aceite de oliva mendocino.
Mediante la disposición 8028/2020, la ANMAT determinó la prohibición de “la comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Aceite de Oliva Extra Virgen Primera prensada en frío, Finca Mendoza, Elaboración Artesanal, San Rafael-Mendoza”, por carecer de autorización de establecimiento y de producto, resultando ser un producto en consecuencia ilegal”.
En el considerando publicado en la Disposición sostiene que “a raíz de una consulta de un consumidor a través de ANMAT Responde de la Dirección de Relaciones Institucionales en relación a la comercialización del producto que no cumpliría la normativa alimentaria vigente”.
«En el marco de las investigaciones, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos realiza la consulta federal a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos al Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza, a fin de verificar si dicho producto se encuentra autorizado”, detallaron.
Luego y ante la información brindada por “la autoridad sanitaria de la provincia de Mendoza” y que informara “que el RNPA es inexistente”, además se establece que “el producto se halla en infracción por carecer de autorización de establecimiento y de producto, resultando ser un producto en consecuencia ilegal”.







